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Imagen de archivo (16/02/2021) de niños en un parque infantil en Vigo. EFE/Salvador Sas

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El Gobierno da el primer paso para prohibir el uso del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) en los tribunales

EFE | Madrid - 6 mayo, 2026

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta una reforma de la ley de protección a la infancia que veta expresamente el uso del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) en procesos judiciales y administrativos y refuerza el derecho de los menores a ser escuchados sin límite de edad en todas las decisiones que les afecten.

El anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros este 5 de mayo, impulsado por el Ministerio de Juventud e Infancia, refuerza la protección de los menores y su interés superior, que tendrá que justificarse cómo protege mejor su bienestar físico, emocional y psicológico expresamente en todos los actos y resoluciones administrativas y judiciales.

"La escucha de las personas menores no es una concesión, es una garantía de derechos y es una cuestión de justicia, por eso se eliminan las barreras que la dificultaban", ha explicado la ministra Sira Rego, quien ha destacado que la norma "pone en el centro el buen trato hacia las infancias" y plantea mecanismos claros y concretos para erradicar la violencia en la infancia.

España sería el primer país en prohibir el uso del SAP por ley

Entre las modificaciones, se garantizará el derecho a la escucha de niños y niñas en cualquier proceso, independientemente de su edad. Hasta el momento, era obligatorio a partir de los 12 años o en los menores de una "madurez suficiente", lo que ha provocado que en muchos casos su opinión no haya sido tenida en consideración, como en el caso del hijo de Juana Rivas, que tenía 11 años y el juez no aceptó escucharle.

El nuevo texto prohíbe el Síndrome de Alienación Parental (SAP) u otra teoría similar sobre la manipulación de uno de los progenitores a sus hijos para que rechacen al otro, aplicada por algunos tribunales, por lo que las resoluciones que se basen en esos planteamientos podrán ser impugnadas.

"España es el primer país en prohibir su uso por ley", ha destacado Rego, quien ha lamentado que "a día de hoy sigue utilizándose" por algunos jueces "para desacreditar a mujeres" y también por "la extrema derecha para golpear a las mujeres y al feminismo".

Freno a los maltratadores

Con la reforma se quiere evitar algunas "lagunas" de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia aprobada en 2021.

Endurece las condiciones para trabajar con menores, evitando que ningún profesional condenado por delitos relacionados con la infancia y la adolescencia pueda ejercer y seguir en contacto con los niños en escuelas, clubs deportivos u otros espacios de ocio.

"Los maltratadores no podrán trabajar con las infancias, quizá pueda parecer algo evidente, pero no siempre ha sido así", ha asegurado la ministra, quien ha recordado algunos casos recientes que han generado alarma social.

Además, la norma refuerza su formación, crea turnos de oficio de abogados especializados en violencia contra la infancia y dota a la Dirección General de Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la capacidad de personarse ante casos de desprotección grave de los niños.

No aborda las visitas en los casos de maltrato

Rego ha explicado que en esta ley no se aborda "la cuestión de las visitas, que se hará en la ley de violencia vicaria", pero sí se establecen unos criterios que serán tenidos en cuenta a la hora de estipularlas, como que "lo prioritario es que el niño y la niña viva en un entorno libre de violencia y alejados de sus presuntos agresores".

La norma recoge que si un menor expresa rechazo hacia uno de sus progenitores, el sistema deberá investigar las causas de este y proteger al menor de edad.

Además, refuerza que no podrá establecerse custodia compartida cuando existan indicios de que esa decisión puede afectar negativamente a la salud física, psíquica o emocional de la persona menor de edad.

También incorpora que bastará el consentimiento de un solo progenitor para que un niño víctima de violencia pueda acceder a atención psicológica, social o jurídica y evitar que el agresor pueda tener capacidad de veto sobre la reparación que necesita el menor.

"A partir de la aprobación de esta ley, los hijos e hijas de mujeres víctimas de violencia de género serán también consideradas víctimas de violencia de género", ha señalado.

La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha recordado que "el asesinato de 68 menores por violencia de género entre 2013 y marzo de 2026 evidencia la necesidad de seguir avanzando en la mejora del sistema de protección".