Corte aborto México

Mujeres participan en 2019 en una marcha para exigir la despenalización del aborto en la ciudad de Guadalajara, estado de Jalisco (México). EFE/Francisco Guasco/Archivo

"Histórico" fallo de la Suprema Corte despenaliza el aborto en México

Pedro Pablo Cortés | Ciudad de México - 7 septiembre, 2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha declarado inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y al personal médico que les ayuden con consentimiento.

“Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”, ha sentenciado el ministro de la Suprema Corte Luis María Aguilar, autor del proyecto.

Por unanimidad, los ministros del pleno de la SCJN han invalidado el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, estado del norte de México, que imponía de uno a tres años de cárcel "a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento".

"Histórico" fallo de la Corte que despenaliza el aborto

El fallo ha sido "histórico" porque es la primera vez que el Supremo de México "pone al centro de la discusión el derecho a decidir", según ha dicho el ministro Aguilar.

“Pensar que penalizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo es una solución atenta contra el principio de mínima intervención penal”, ha coincidido la ministra Yasmín Esquivel en la primera sesión.

“El asidero del derecho penal para sancionar a quien interrumpe voluntariamente su embarazo no es aquí una potestad disponible para el legislador, pues están los derechos humanos en juego”, ha sostenido la también ministra de la SCJN Margarita Ríos-Farjat.

Ríos-Farjat se ha pronunciado "en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión" al advertir que en México se practican entre 750.000 y 1 millón de abortos clandestinos al año.

"Lo que hay, a mi parecer, es un exceso de sofismas de estar en contra de la vida, ya sea por ignorancia, por egoísmo o por otros prejuicios. Una visión que obnubila el problema de las mujeres que se enfrentan a esta disyuntiva. Lo reduce a que es culpa de la ignorancia", ha expresado.

"Y viene entonces una paradoja. Como es culpa de la ignorancia, la mujer tiene que ser sancionada con prisión. Si no es por ignorancia es por mala o por egoísta, porque las buenas mujeres culminan la gestación y entregan en adopción al bebé. Otra simplificación. Como es moralmente mala, amerita prisión. Si no es por ignorante o por mala, entonces es por irresponsable o porque, como se dice, no se cuidó. Pues por más desesperación que sienta debería resistir. No resistió, entonces es promiscua e irresponsable: prisión. No creo en estos reduccionismos", ha enfatizado la ministra.

"Nadie se embaraza, en ejercicio de su autonomía, para después abortar", ha precisado Ríos-Farjat.

Una 'marea verde' de implicaciones en México

El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

El fallo de ahora, derivado de una impugnación de la extinta Procuraduría General de la República (PGR) contra el Código Penal de Coahuila en 2017, solo invalida la legislación en Coahuila, pero establece un "criterio obligatorio" para todos los jueces, ha dicho Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN.

"A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad", ha concluido el ministro presidente.

En un comunicado emitido tras la declaratoria de inconstitucionalidad, la Suprema Corte ha señalado que al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, "las razones de la Corte obligan a todas y todos los jueces de México, tanto federales como locales". Y, a partir de ahora, deberán considerar que "son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta".

Por primera vez se aborda el delito

Aunque la Suprema Corte ya se ha pronunciado sobre el aborto en otros supuestos, el fallo de ahora es "fundamental" porque por primera vez aborda el delito, ha explicado a Efe Selma Maxinez, abogada del Círculo Feminista de Análisis Jurídico.

“Estamos viviendo un suceso histórico, esto va a ser un precedente judicial muy importante para todo el sistema jurídico mexicano, para dar un paso más, en este contexto tan difícil en el que vivimos, sobre el respeto de los derechos de las mujeres”, ha indicado

Además, la jurista feminista ha destacado los argumentos que expusieron los ministros de la SCJN, quienes coincidieron en defender "el derecho a decidir", un concepto que la Suprema Corte ha abordado por primera vez.

“Castigar a las mujeres por decidir sobre su cuerpo al interrumpir el embarazo es violencia de género y esto es discriminatorio en contra de las mujeres”, ha citado Maxinez.

Asimismo, mujeres y organizaciones por los derechos reproductivos podrán a partir de ahora aprovechar el precedente para combatir por la vía judicial la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales, ha añadido Isabel Anayanssi Orizaga, integrante de Mexicanas Resistiendo desde el Extranjero.

“Esto ha creado una marea o una serie de efecto dominó, donde eventualmente, a todos los estados que no permiten el aborto o todavía lo tienen penalizado, también puedan llegar estas acciones de inconstitucionalidad”, ha mencionado la abogada.

La Suprema Corte, ha agregado, también "manda un mensaje a los congresos a cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos y que es algo muy simbólico para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las personas gestantes”.



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