Foto de archivo de un grupo de mujeres se encarama en lo alto de la madrileña fuente de la Cibeles para colocar una pancarta con la leyenda "Yo también aborté", en protesta contra las condenas a 13 mujeres de Valladolid por delito de aborto. EFE
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La legislación sobre el aborto en España: de la ley de 1985 a un posible blindaje constitucional
En España, dos leyes han regulado la interrupción voluntaria del embarazo: la primera, de 1985, que despenalizó el aborto en determinados supuestos, y la de 2010, que estableció un sistema de plazos y permite el aborto libre durante las primeras 14 semanas de gestación.
El jefe del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que el Consejo de Estado ha emitido un dictamen favorable a la propuesta del Ejecutivo de blindar el derecho al aborto en la Constitución, ya que la ley actual "no se cumple" en su integridad al derivarse a clínicas privadas -en donde se practican en torno al 80 % del total-.
La reforma constitucional requiere mayorías parlamentarias amplias y el PP ya adelantó su rechazo a la iniciativa.
Desde la primera ley del aborto aprobada por el Gobierno de Felipe González, estos son los cambios introducidos en la regulación de este derecho de la mujer:
Ley de 1985
Aprobada por el primer gobierno socialista, la ley orgánica 9/1985 fue uno de los cambios sociales y legislativos más importantes registrados en España, donde el aborto había sido siempre ilegal con la única excepción de la legislación aprobada en Cataluña durante la II República en diciembre de 1936, en plena guerra civil, y que fue suprimida en 1938.
La ley de 1985 despenalizó el aborto en las primeras 12 semanas de embarazo en el supuesto de violación, hasta 22 semanas en casos de riesgos de malformaciones en el feto y sin límite en el supuesto de riesgo para la salud física y mental de la madre.

Foto de archivo de 1985 de una manifestación frente a la sede del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la Ley del Aborto por insuficiente protección al "nasciturus" en los tres supuestos que admitía la ley. EFE
Debate sobre el cuarto supuesto
Diez años después de la aprobación del aborto, en julio de 1995, el Gobierno del PSOE presentó un anteproyecto de ley para ampliar los supuestos. En concreto, la propuesta establecía un cuarto supuesto para permitir la interrupción voluntaria del embarazo cuando le supusiese un conflicto personal, familiar o social a la mujer.
El Congreso aprobó el 14 de diciembre de 1995, por mayoría absoluta, el proyecto de ley de ampliación del aborto para introducir ese cuarto supuesto, pero la convocatoria anticipada de elecciones evitó el debate en el Senado.
Tras la victoria del PP en 1996, la ley no registró modificaciones hasta la vuelta del PSOE al Gobierno.
Ley de 2010
El debate sobre la regulación del aborto resurgió a finales de 2007, después de que se conocieran casos de interrupciones de embarazos muy avanzados practicados en clínicas privadas de Barcelona y Madrid.
El Gobierno socialista elaboró un nuevo texto y el 24 de febrero de 2010 el Senado aprobó definitivamente la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Esta normativa estableció el aborto libre como un derecho de la mujer hasta la semana 14, y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto, siempre que, en este último caso, haya un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.
Si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del bebé no hay límite de tiempo, siempre de acuerdo con la opinión de un comité clínico.

Manifestantes cubren sus caras con máscaras durante la concentración en 2008, convocada por asociaciones feministas y organizaciones de salud sexual, en la Puerta del Sol en Madrid para protestar por los acontecimientos en torno a las clínicas abortistas. EFE/ Fernando Alvarado
En los casos de chicas de 16 y 17 años que quieran abortar -uno de los aspectos más controvertidos-, la ley de 2010 estableció que al menos uno de los padres o tutores legales de la menor debía ser informado, excepto si se alegaba riesgo de amenazas, coacciones o malos tratos en el ámbito familiar, en cuyo caso la decisión recaía en el médico.
La ley entró en vigor el 5 de julio de 2010 y fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PP y el Gobierno navarro. Finalmente, el 9 de mayo de 2023, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso del PP contra la ley.
Intento de reforma de Gallardón
Sectores conservadores y la iglesia católica se opusieron a la nueva ley de plazos y el PP incluyó su reforma en su programa electoral.
El 20 de diciembre de 2013 el Gobierno del PP, con Alberto Ruiz Gallardón como ministro de Justicia, aprobó el anteproyecto de la ley orgánica de protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, un texto que derogaba el sistema de plazos y regresaba a uno de supuestos.
Limitaba a dos los casos en los que el aborto está despenalizado: cuando la mujer haya sido violada o cuando su salud psicológica o psíquica corra riesgo. Y planteaba la necesidad del consentimiento paterno para las menores que quisieran abortar.
Tras una fuerte polémica política y social, el proyecto fue retirado y Ruiz-Gallardón dimitió.
Reforma de 2015
El 18 de febrero de 2015 el grupo parlamentario popular presentó una proposición de ley para cambiar la norma en lo relativo al acceso al aborto de las menores.
Dicha reforma, que introdujo la exigencia de consentimiento paterno para que las chicas de 16 y 17 años pudieran interrumpir el embarazo, fue aprobada por el Congreso el 16 de julio de 2015 y el 9 de septiembre recibió la aprobación definitiva en el Senado.
Entró en vigor el 23 de septiembre de 2015.
Reforma de 2023
La siguiente reforma a la ley del aborto llegó en 2023 con el Gobierno de coalición presidido por Pedro Sánchez y supuso acabar con la necesidad del consentimiento paterno para abortar en el caso de las menores de 16 y 17 años y garantizar la interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública.
Aprobada el 16 de febrero de 2023, la modificación regula además otros derechos sexuales y reproductivos de la mujer, como las incapacidades temporales por reglas dolorosas pagadas desde el primer día por la Seguridad Social, así como el derecho a la incapacidad temporal desde el primer día de la semana 39 del embarazo y mientras se reciba asistencia sanitaria por un aborto y no se pueda trabajar.

Concentración celebrada en Madrid en 2025, bajo el lema 'Aborto libre para todas' frente al ministerio de Sanidad. EFE/ Víctor Lerena
El 15 de diciembre de 2022, la reforma recibió el visto bueno del Congreso y pasó al Senado, que incorporó algunas enmiendas, como la propuesta por el PSOE para impedir que las mujeres que deseen interrumpir su embarazo se vean sometidas a prácticas para condicionar su decisión, como escuchar el latido del corazón del feto o ver una ecografía 4D.
Uno de los principales objetivos que persigue esta reforma, que entró en vigor el 2 de marzo, es garantizar el derecho al aborto en todos los hospitales públicos.
El 3 de octubre de 2025 el Gobierno propuso una reforma de la Constitución para incluir el derecho al aborto en la Carta Magna a fin de "consagrar la libertad y la autonomía de las mujeres".