destruir óvulos congelados

Foto de archivo de un análisis de óvulos en microscopio en el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI) en Panamá. EFE/Bienvenido Velasco

Suscríbete a nuestra newsletter "Sin permiso"

En España la ley limita la autonomía de las mujeres para destruir sus óvulos congelados

Laura de Grado Alonso | Madrid - 22 octubre, 2026

En España una mujer puede inyectarse hormonas, someterse a controles médicos, a una punción ovárica y pagar miles de euros para congelar sus óvulos y preservar una posible maternidad pero, si años después decide que ya no quiere conservarlos y solicita su destrucción, su voluntad no es suficiente. Necesita una autorización medica ya que la ley actual ley de reproducción asistida impide a las mujeres decidir libremente cuándo destruir sus óvulos congelados, limitando así su autonomía reproductiva.

No ocurre lo mismo con el semen. Un hombre puede poner fin a su conservación con una simple manifestación de voluntad mientras que una mujer necesita que especialistas independientes certifiquen que ya no reúne las condiciones clínicas adecuadas para someterse a un tratamiento reproductivo. Y puede verse obligada a seguir pagando el mantenimiento de unos óvulos que ya no desea utilizar, con cuotas que rondan los 300 euros anuales.

Esa situación ha estado a punto de cambiar. El Parlamento tramitaba una reforma para equiparar la regulación de los ovocitos a la del semen y permitir que las mujeres decidieran cuándo dejar de conservarlos sin necesidad de autorización médica, pero la disolución de las Cortes por la convocatoria anticipada de elecciones han hecho decaer la iniciativa.

"La Ley 14/2006 debe ser reformada porque limita la autonomía reproductiva de las mujeres en este aspecto concreto", reconoce en declaraciones a Efeminista la ministra de Sanidad, Mónica García.

La norma, explica, fue "vanguardista" para su época, pero conserva "una tutela médica no justificada sobre el cuerpo de la mujer".

La Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida, vigente en la actualidad, no contempla el simple deseo de una mujer de dejar de conservar sus óvulos como motivo suficiente para poner fin a su almacenamiento.

Un eco de la antigua legislación del aborto

La socióloga Sara Lafuente Funes, especializada en reproducción asistida y doctora en Sociología por la Universidad Complutense, encuentra en esa regulación un eco de la antigua legislación del aborto.

"A mí me recuerda mucho a las normativas de causales que había previamente a la ley de interrupción voluntaria del embarazo de 2010", explica a Efeminista.

España despenalizó el aborto en 1985 en tres supuestos: riesgo para la vida o la salud de la mujer, violación y graves alteraciones del feto.

En 2010 pasó a una ley de plazos que permitió interrumpir el embarazo durante las primeras catorce semanas a petición de la mujer. Las mujeres dejaron entonces de necesitar una razón aceptable para el ordenamiento jurídico y querer interrumpir el embarazo pasó a ser, en sí mismo, suficiente. La propia norma hablaba de "maternidad libremente decidida" y de una decisión sobre el embarazo "sin interferencia de terceros".

Pero la legislación sobre reproducción asistida había sido escrita en 2006, cuatro años antes de aprobar la ley de plazos, y con ella quedó congelada una forma de entender las decisiones reproductivas de las mujeres que todavía necesita del visto bueno médico.

Lafuente reconoce que un embarazo, un óvulo sin fecundar y un embrión in vitro no son jurídicamente equivalentes, pero apunta a una cuestión que va más allá: el hecho de que en 2026 una decisión reproductiva todavía pueda depender de una autorización médica y no únicamente de la propia voluntad de las mujeres.

"Tú no puedes decidir dejar de congelar un embrión solo por voluntad propia", critica Lafuente, sino que la posibilidad de cesar la conservación queda ligada a que médicamente se considere que la mujer ya no está en condiciones de continuar con un embarazo.

Para la socióloga, ahí existe una contradicción entre dos momentos legislativos separados por apenas cuatro años.

"Una vez que tenemos una ley de interrupción voluntaria del embarazo, no tiene sentido que tú no puedas decidir dejar de conservar tus embriones, sino que lo tenga que decidir un profesional por ti en base a que no puedes o no debes quedarte embarazada, en lugar de simplemente poder decidir tú misma que no quieres continuar guardándolos", argumenta.

La letra pequeña de congelar óvulos

La congelación de óvulos se ha convertido en una opción cada vez más frecuente para las mujeres que quieren preservar la posibilidad de ser madres en el futuro. En 2023 se vitrificaron en España 65.805 ovocitos con este fin, un 13 % más que el año anterior, según el Registro Nacional de Actividad de la Sociedad Española de Fertilidad.

Su aumento coincide con el retraso de la maternidad en España, cuya edad media se situó en 32,6 años en 2024 y alcanzó los 33,2 entre las madres de nacionalidad española. Detrás de esas cifras caben muchas decisiones personales, pero también condicionantes socioeconómicos como la precariedad laboral, el acceso a la vivienda, la falta de corresponsabilidad o no haber encontrado una relación en la que se quiera emprender un proyecto de maternidad.

Recientemente, la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha anunciado que financiará a jugadoras y árbitras tratamientos como la vitrificación de ovocitos o la fecundación in vitro.

El acuerdo, suscrito entre la RFEF y la clínica especializada Tambre hasta 2029, permitirá acceder a distintos servicios de reproducción asistida y preservación de la fertilidad. Entre ellos figura la congelación de óvulos, cuyo almacenamiento estará cubierto durante cinco años, aunque no la medicación necesaria para el tratamiento.

300 euros al año por mantener los óvulos congelados

En la clínica de reproducción asistida y fertilidad Next Fertility aseguran que el número de mujeres que optan por vitrificar sus propios ovocitos en sus clínicas se ha multiplicado por cinco desde 2020. También han detectado que las mujeres preguntan cada vez antes por esta posibilidad: la edad media de quienes solicitan información ha pasado de 43,6 a 36,8 años, según sus registros.

El procedimiento supone, además, una inversión económica considerable. En esta clínica, congelar los óvulos cuesta actualmente 2.090 euros, sin contar con la medicación, un precio que incluye la estimulación ovárica, los controles, la extracción, la vitrificación de los óvulos y su conservación hasta los 40 años. A lo que se suman unos 300 euros anuales de mantenimiento pasada esta edad. 

La congelación de óvulos también está incluida en la cartera de servicios de la sanidad pública, aunque únicamente por indicación médica. El Sistema Nacional de Salud financia este procedimiento cuando existe riesgo de pérdida de la capacidad reproductiva, por ejemplo, antes de recibir tratamientos oncológicos que puedan afectar a la fertilidad o ante determinadas enfermedades con riesgo acreditado de fallo ovárico prematuro.

Foto de archivo del proceso de análisis de óvulos en el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI) en Panamá. EFE/Bienvenido Velasco

Cuatro destinos para los óvulos congelados

La ley contempla cuatro posibles destinos para los óvulos congelados: utilizarlos en un tratamiento reproductivo, donarlos con fines reproductivos, destinarlos a investigación o poner fin a su conservación sin darles otro uso.

Sin embargo, esta última opción, denominada legalmente "cese de la conservación sin otra utilización", está condicionada a que haya terminado el periodo máximo de conservación previsto por la norma, vinculado a las condiciones clínicas de la mujer, es decir, a que medicamente no pueda seguir siendo madre.

"Hay un problema muy grave con el tema del almacenaje y cómo se puede descongelar el material", advierte Lafuente. Algunas mujeres, explica, descubren después del tratamiento que no pueden dejar de conservar sus óvulos cuando lo desean y que pueden tener que seguir afrontando los costes de mantenimiento.

Con ella coincide la ministra de Sanidad, Mónica García, para quien "es inadmisible que una mujer inicie un proceso de vitrificación para proteger su fertilidad futura y acabe atrapada en un bucle burocrático y económico, pagando tasas anuales de mantenimiento por un material genético del que no se le permite desprenderse.

La titular de Sanidad plantea también revisar los modelos de consentimiento informado para que las clínicas expliquen, de forma verbal y escrita, no solo cómo entrar en un proceso de vitrificación, sino cómo salir de él.

Desde el sector de la reproducción asistida también se valora la modificación legislativa. "Consideramos positivo que se revise este marco para adaptarlo a la realidad actual de la preservación de la fertilidad y ofrecer a las pacientes mayor claridad y capacidad de decisión sobre el destino de sus ovocitos", explica a Efeminista el director médico de Next Fertility, José María Rubio.

El semen, con otras reglas

La situación es distinta para los hombres. La ley establece que el semen puede conservarse durante toda la vida del varón del que procede y no exige acreditar mediante especialistas independientes que ha perdido su capacidad reproductiva para solicitar el fin de su almacenamiento.

"Todo el esperma que tienes congelado lo puedes eliminar simplemente con tu firma y con los óvulos no", resume Lafuente, que considera que existe una desigualdad entre gametos masculinos y femeninos y una "injusticia flagrante".

"Un hombre siempre ha podido revocar el consentimiento de su semen crioconservado con una simple manifestación de su voluntad. A las mujeres, en cambio, se les exige el dictamen de especialistas independientes que certifiquen que ya no son aptas clínicamente para ser madres, o bien esperar a cumplir los 50 años (el fin de su periodo fértil)", señala por su parte la titular de Sanidad.

La reforma que no llegó a aprobarse

El Congreso de los Diputados tramitaba desde marzo una proposición de ley impulsada por el Grupo Parlamentario Socialista para equiparar la regulación de los ovocitos a la del semen y permitir que fueran las propias mujeres quienes decidieran cuándo dejar de conservarlos, sin necesidad del dictamen médico externo que exige actualmente la norma.

La iniciativa había sido tomada en consideración por el pleno en abril y se encontraba en la Comisión de Sanidad, en fase de enmiendas. Sin embargo, la disolución de las Cortes y la convocatoria anticipada de elecciones generales para el 29 de noviembre han hecho decaer la proposición antes de que pudiera completar su tramitación.

El cambio, por tanto, no llegará esta legislatura. Para que la reforma vuelva a debatirse, tendrá que ser registrada de nuevo tras la constitución de las próximas Cortes.

De haber sido aprobada la proposición, una mujer habría podido decidir dejar de conservar sus óvulos sin necesidad de acreditar que ya no reunía las condiciones clínicas para ser madre. El texto también eliminaba la referencia al cónyuge en la posibilidad de utilizar los ovocitos y actualizaba la regulación del consentimiento sobre los preembriones para contemplar expresamente a las parejas con independencia de su composición.

La convocatoria anticipada de elecciones generales ha impedido, sin embargo, que esa modificación llegue a aprobarse.

No obstante, la reforma tampoco resolvía todas las limitaciones de la ley. Mantenía las restricciones para los preembriones -embriones generados mediante fecundación in vitro que permanecen congelados-, cuyo cese de conservación está condicionado a que los médicos consideren que la mujer ya no reúne las condiciones clínicas adecuadas para someterse a un tratamiento reproductivo.

El problema de los embriones acumulados

A ello se suman las cuestiones bioéticas relacionadas con su conservación y utilización, así como la acumulación de material reproductivo en los bancos de fertilidad.

Según los últimos datos publicados en la web del Ministerio de Sanidad, a 31 de diciembre de 2023 había en España 510.305 ovocitos y 916.190 embriones congelados. De estos últimos, el 73,8 % llevaba almacenado dos años o más.

"Arrastramos un problema técnico crónico: la enorme acumulación de preembriones abandonados en los bancos de fertilidad", reconoce García, quien asegura que el Ministerio quiere abordar este asunto en una reforma más amplia.

Sanidad plantea tratar esta cuestión en una reforma más amplia de la Ley de Reproducción Asistida, pero, tras la disolución de las Cortes, cualquier cambio tendrá que esperar a una próxima legislatura.