Foto de una panadería de Barcelona. EFE/ Toni Albir
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La Inspección de Trabajo multa con 30.000 euros a una panadería de Barcelona por publicidad sexista
La Inspección de Trabajo de Barcelona ha sancionado con 30.000 euros al obrador Bakers Panadería por proyectar un anuncio en el que aparecían mujeres en lencería amasando pan, al considerar que atentaba contra la dignidad de sus trabajadoras y constituía publicidad sexista.
Según la resolución, a la que ha tenido acceso EFE, la proyección del vídeo supone una "infracción muy grave" por vulnerar "la intimidad y la consideración debida a la dignidad de las trabajadoras", que llegaron a ser increpadas por curiosos y clientes.
"Las empleadas testimoniaron un aumento de clientes motivados por el anuncio, que se acercaban a los ventanales del comercio para observar a las trabajadoras", recoge el expediente de la Inspección.
Un anuncio que funcionaba como "mero reclamo sexual"
En las imágenes, se observa a mujeres jóvenes vestidas con lencería amasando pan, jugando con instrumentos de cocina y también una secuencia cerrada de la parte trasera del cuerpo de una mujer cubierta de harina.
Fue el sindicato CCOO quien denunció el pasado marzo al obrador, después de que una vecina afiliada diese el aviso sobre el vídeo, al observar a clientes y curiosos reunidos ante los grandes ventanales de la panadería, desde donde se podía ver la proyección repetida en la televisión del interior del establecimiento.
La Inspección constata que el vídeo publicitario que se proyectaba en el local y que también se compartió en las redes sociales de esta panadería especializada en productos rusos enseña a mujeres en lencería en "posiciones provocativas" y contiene "sucesivas incitaciones a la sexualidad".
Publicidad cosificadora y sexista
Para la Inspección, el anuncio es un ejemplo de publicidad sexista, ya que "cosifica el cuerpo de la mujer desvinculándolo del producto" y "funciona como mero reclamo sexual", con la finalidad de captar clientes.
De esta forma, rechaza las alegaciones de la empresa, que aseguraba que las imágenes no eran "degradantes ni discriminatorias" y que adjuntó como prueba un documento titulado "reglamento sobre la familiarización de los trabajadores con el vídeo publicitario y el registro de su consentimiento".
Sin embargo, la Inspección rechaza el valor jurídico de este papel y constata que la empresa también incumplió la obligación de ofrecer e impartir a las trabajadoras formación para la protección integral contra las violencias sexuales.
En un comunicado, CCOO ha celebrado la resolución, que pondrá fin a "una situación que vulneraba la integridad moral de las trabajadoras".