Imagen de archivo de una mujer embarazada. EFE/ Francisco Guasco

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Condenada una empresa por facilitar la gestación subrogada en España

EFE | Madrid - 5 marzo, 2026

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la empresa Surrobaby por publicitar servicios de intermediación para familias que recurren a la gestación subrogada, una práctica que está prohibida en España.

La Sección 32 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena por publicidad ilícita y desleal dictada por un juzgado mercantil contra la mencionada compañía, como ha adelantado Onda Cero y han confirmado fuentes jurídicas a EFE.

La sentencia inicial consideró acreditado que Surrobaby había realizado "publicidad ilícita al promover prácticas comerciales para la gestación por sustitución".

Surrobaby condenada al cese de la publicidad, pero al de la actividad empresarial

El fallo de la Audiencia Provincial, al que ha tenido acceso EFE, confirma íntegramente la sentencia adoptada por el Juzgado de lo mercantil número 12 que en mayo de 2025 condenó a Surrobaby a cesar su campaña publicitaria, le prohibió reiterarla en el futuro y obligó a la empresa a publicar este fallo en su web y redes sociales, además de imponer el pago de las costas procesales.

La Audiencia Provincial ha rechazado los argumentos con los que Surrobaby recurrió y ha descartado que se vulnere la libertad de empresa, como sostenía la compañía argumentando que la actividad de intermediación no está prohibida en España, sino que no está permitido publicitar la gestación subrogada.

Los magistrados recuerdan que la condena ordena el cese de la publicidad, pero no el cese de la actividad empresarial.

Además, esta sección recuerda que cuando se dictó la sentencia de instancia se pudo constatar que en la página web de Surrobaby figuraba la dirección de correo electrónico y de la empresa, que indicaba que "seguía ofreciendo sus servicios a las familias que estaban en proceso y a las nuevas familias que decidieran a iniciarlo", lo que es "una forma de publicitar sus servicios".

La gestación subrogada en España

La sentencia de la Audiencia Provincial fue dictada el 23 de enero, pero la web de Surrobaby sigue recogiendo un correo y un número de teléfono e indicando que ofrece sus servicios a familias que estén en un proceso con esa "técnica de reproducción asistida", sin especificar la gestación subrogada.

Además, la web indica que en virtud de la ley 1/2023, de salud sexual y reproductiva, se les ha requerido no informan de contenidos relacionados con dicha técnica y eliminar sus perfiles.

La condena a Surrobaby llega tras la demanda iniciada por la Fiscalía, después de que la reforma de la ley del aborto de 2023 prohibiera la promoción comercial de la gestación subrogada e instase a las administraciones públicas legitimadas a iniciar acciones judiciales.

En España, la gestación subrogada está prohibida por la legislación, que la define como violencia reproductiva contra las mujeres y considera estos contratos nulos de pleno derecho. Además, el Tribunal Supremo ha indicado que la práctica de pagar por que una mujer geste y dé a luz en el extranjero a un bebé para una familia española es "un atentado a la dignidad humana".