Violencia vicaria Ecuador

Ilustración de Monserrat Navas para Efeminista.

La violencia vicaria, el daño extremo a la mujer invisibilizado en Ecuador

Cristina Bazán | Guayaquil - 15 julio, 2022

El pasado 18 de abril, un hombre secuestró a su hija de tres meses después de sacarla de casa de su expareja, quien lo había demandado por impago de la pensión de alimentos, y la mató en una localidad de la provincia de Bolívar, en el centro de Ecuador. Es uno de los tres asesinatos de menores a manos de sus padres que ha causado conmoción nacional.

Los otros dos también se produjeron entre marzo y abril del 2022 y en las provincias de Imbabura y Carchi y, según expertas consultadas por Efeminista, los tres tienen un móvil implícito en común: causar un daño extremo a las madres y vengarse de ellas. Casos de violencia de género, denominados internacionalmente como violencia vicaria, que aún están invisibilizados en el país.

La violencia vicaria, término acuñado así en 2012 por la psicóloga argentina Sonia Vaccaro, es “aquella violencia que se ejerce sobre los hijos para herir a la mujer”. “Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros, por interpósita persona”, escribe Vaccaro en su página web.

“Es un fenómeno poco visibilizado y el caso más dramático es el del policía que presuntamente habría contratado a unos sicarios para asesinar a su hija de siete meses, para no pagar la pensión alimenticia. Pero en el fondo, obviamente, lo que él quería, como así señalan las evidencias, era infringir un daño grave a la madre de la niña”, asegura la abogada Consuelo Bowen, coordinadora del servicio legal del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam).

Aunque la mayoría de estas agresiones machistas se comenten contra las hijas e hijos, también existen casos en los que se maltrata o asesina a otros miembros de la familia de la principal víctima.

Un ejemplo de ello fue el crimen del pasado 9 de marzo en una localidad rural de la provincia de Carchi, cuando un hombre asesinó, además de a su hija de 8 años, a los padres y hermana de su expareja, tras la decisión de ella de irse de la casa por las agresiones que recibía.

“Ella (la expareja) manifestó que él le decía que volviera. Si no, la asesinaría. Incluso quería atentar contra la vida de él y sus hijas si no volvía”, dijo tras el crimen el comandante de Policía de la zona, Richard Karolys.

“Este tipo de violencia se produce especialmente en períodos de separación, cuando la mujer decide terminar relaciones violentas”, confirma Bowen.

Violencia machista invisibilizada

Sin embargo, la violencia vicaria no solo se manifiesta en su forma más extrema, el asesinato, también existen agresiones “más silenciosas” con las que el hombre intenta chantajear e infligir sufrimiento a la mujer.

“Con este afán de dañar a la expareja se pueden limitar tratamientos médicos a los niños o niñas, si eso les hace sentir dolor, desaparecer con ellos, no llevarlos a la hora, generar mucha angustia a las madres. Y también quitárselos mediante argucias legales”, explica a Efeminista Sybel Martínez, vicepresidenta del Consejo de Protección de Derechos de Quito.

Martínez relata que en una de las Juntas de Protección de Derechos de la ciudad han descubierto 255 casos en los que los padres han solicitado una orden de cuidado como medida de protección para sus hijos o hijas porque hay una nueva pareja en la vida de la mujer, porque ella está demandando alimentos, hay un pedido de divorcio o juicio de visitas o porque hay un encargo temporal de los niños o niñas a la familia de la exesposa porque ella sale a trabajar o se va de viaje. “Piden la medida alegando que la madre es negligente”.

“Pero como no tenemos tipificada la violencia vicaria, no está en nuestro imaginario, la Ley de violencia contra la mujer no da un concepto al respecto y tampoco es vista como un delito, no hemos podido indagar en profundidad más allá”, señala la especialista.

Estos casos fueron descubiertos por funcionarias expertas en violencia de género que no tienen todas las Juntas de Protección de Derechos del país, reconoce Martínez.

Temor de dejar a los hijos con los padres

En Cepam también han encontrado situaciones preocupantes. “Tenemos casos de muchas mujeres que temen por la seguridad de sus hijos o hijas cuando van a régimen de visitas”, subraya la abogada Bowen.

“Hay ciertos padres, no todos, que hacen una mala utilización de estas figuras, como el régimen de visitas, para poder a través de esto chantajear a la madre, ya sea para venganza o para acercarse y reiniciar la relación. Hemos visto violencia física, incluso violencia sexual, especialmente (de padres) contra adolescentes. También hay violencia psicológica, que es la más complicada de probar en los juzgados”, agrega.

La vocera de Cepam afirma que el problema es que “ciertos jueces y juezas”, en nombre de “preservar los lazos paternos y de la propia familia, no ven estos trasfondos que existen”. “Incluso a pesar de que hay denuncias o medidas de protección, hemos tenido casos de jueces y juezas que desconocen estas medidas y lo que hacen es aprobar un régimen de visitas súper vigilado”. 

“Cuando hay formas de actuación dañinas como la violencia psicológica, no necesariamente va a haber evidencias o indicios claros que den cuenta de que existe violencia vicaria, pero es importante visibilizar ese elemento de violencia para evitar situaciones mucho más graves como la muerte de un hijo o hija”, sostiene.

Lisset Coba, profesora investigadora de Flacso Ecuador, asegura que la violencia de género en general, y la vicaria en particular, está invisibilizada porque se reproduce por medio de las instituciones del Estado, la Iglesia y los medios de comunicación. “Las instituciones de nuestros estados modernos son sumamente patriarcales y legitiman la inferioridad de las mujeres. El Poder Judicial, precisamente, ha tardado muchísimos años en reconocer la violencia de género”, explica.

“La Iglesia define desde una doble moral a las mujeres. Por un lado como la Virgen María, que es un ser superior, de una moral indiscutible, que fue madre sin cometer ningún pecado de la carne, y por el otro lado como Eva, que provoca el pecado y la caída del hombre y de todas sus instituciones. Estas son instituciones importantes que van configurando estos imaginarios que son difíciles de desmontar”, agrega.

Es por esto que Coba cree que el Estado debe tomar acciones y empezar por mejorar el sistema educativo. Brindar una educación laica y que los medios de comunicación generen otro tipo de programas de entretenimiento.

“Nuestra Constitución es garantista. Y si las mujeres están, para los casos de emergencia, pidiendo refugios, si las mujeres no tienen a dónde llamar y si son revictimizadas, entonces el Estado es cómplice de distintas maneras. Lo que tiene es que aplicar todos los mandatos de una Constitución garantista de los derechos de las mujeres y de la infancia y reconocer precisamente esas desigualdades estructurales que son desigualdades entre los géneros”, apunta.

Una mujer participa de una protesta en contra de la violencia machista, en Quito. EFE/José Jácome

Una mujer participa de una protesta en contra de la violencia machista, en Quito. EFE/José Jácome

Países contra la violencia vicaria

España ha sido pionero en la modificación de algunas de sus leyes para incluir a la violencia vicaria como una forma más de violencia de género. Lo hizo después de que el Comité de la Cedaw condenase al Estado por vulnerar los derechos de Ángela González Parreño y su hija Andrea.

“Ángela González Parreño estaba separada de su marido y él la había amenazado en varias ocasiones con que iba a matar a la niña, que no la iba a volver a ver. La madre fue a varios juzgados a denunciar a su exmarido, pero cada denuncia caía en un juzgado diferente de tal manera que ningún tribunal por sí mismo lograba determinar la magnitud de esas amenazas. Al final, el padre la asesinó”, cuenta Magdalena Suárez, directora de la Unidad de Igualdad de la Universidad Complutense de Madrid y experta en violencia de género.

Estas constantes amenazas para coaccionar a la madre y causarle sufrimiento, asegura Suárez, son las que diferencian a la violencia vicaria de otros delitos como el parricidio.

Si bien la violencia vicaria no está tipificada como tal en el Código Penal español, sí se reconoce dentro del Pacto de Estado Contra la Violencia de Género como una violencia “por interpósita persona” y dentro de leyes como la de Protección Integral a la Infancia frente a la Violencia, la Ley contra la Violencia de Género o en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. “Esto permite la eliminación o la suspensión de la patria potestad o de la custodia cuando se determina que efectivamente puede haber un riesgo para las niña o los niño”, aclara Suárez.

La fiscal de la Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer en España, Teresa Peramato, explica a Efeminista que esta violencia “tiene esa estructura del patriarcado en la que las mujeres están en una posición subordinada en las relaciones de pareja y de afectividad, deben sumisión y obediencia, y además son objeto y propiedad de los hombres”. “Y dentro de esa ideología, cualquier conducta y actitud de la mujer en base a su libertad y autonomía puede molestarlos y pueden tener actitudes violentas”, afirma. Pero, además, esa posesión se traslada a las hijas e hijos, olvidando “que los niños y niñas son titulares de derechos”. 

“Nosotras no solo tenemos derecho a la vida, a la libertad sexual, a la libertad, tenemos derecho a la dignidad. Cuando estamos hablando de estas conductas absolutamente discriminatorias, lo que se pone en juego a partir de otros bienes jurídicos y otros derechos es también nuestra dignidad. Por lo tanto, la violencia de género, la violencia vicaria como una manifestación de la violencia de género, es un atentado frontal a los derechos fundamentales de las mujeres y de los niños y niñas”, enfatiza Peramato.

El Ministerio de Igualdad español ha anunciado que desde este año contabilizará como feminicidio vicario el asesinato de una mujer o hijos/as menores de edad por parte de un hombre como instrumento para causar perjuicio o daño a otra mujer. Desde 2013, 47 niños y niñas han sido asesinados por sus padres o por las parejas de sus madres en España. El 44% de los asesinatos vicarios, según una reciente investigación, se han producido durante el régimen de visitas al padre biológico y otro 18 % durante la ausencia de la madre en la casa.

En Argentina, en cambio, el asesinato de una persona con el propósito de causar sufrimiento a otra con la que se mantiene o ha mantenido una relación sí está tipificado en el Código Penal, aunque no bajo el nombre de violencia vicaria. Otros países como Chile y México están analizando incluir el término en sus legislaciones.

Una mujer participa de una protesta en contra de la violencia vicaria en México. EFE/Madla Hartz

Una mujer participa de una protesta en contra de la violencia vicaria en México. EFE/Madla Hartz

Tipificar esta violencia en Ecuador

Martínez y Bowen creen que el reconocimiento de la violencia vicaria como violencia de género en la Ley para Prevenir y Erradicar la Violencia de Género y en el Código Penal es fundamental para visibilizarla y sobre todo para prevenirla.

“Hay que analizar a profundidad esta forma de violencia que no está en nuestro imaginario y hacer una reforma a la ley de violencia y quizás tipificarla como un delito. Estos tres casos de los que hemos hablado, por mencionar tres, nos dan una muestra fehaciente de que esta violencia existe y que pretende dañar de la peor forma a la mujer”, dice Sybel Martínez.

Entre las reformas al Código de la Niñez que analiza la Asamblea está la inclusión de la violencia vicaria como “otros tipos de violencia”. Sin embargo, lo importante, dice Martínez, es que se incluyan medidas de protección específicas.

“No nos sirve de mucho tener un concepto de las violencias que sufren los niños, sino buscar que el sistema prevenga y proteja. Que si la madre pone una denuncia por violencia vicaria se puedan emitir medidas de protección. Las reformas actuales son muy malas y yo esperaría que al menos se tenga esa visión de prevención“, agrega.

Desde la Fiscalía aseguran que, aunque la violencia vicaria no está tipificada ni reconocida explícitamente, en la Unidad de Violencia de Género sí procuran hacer un análisis del riesgo que los hijos u otros familiares de la mujer pueden enfrentar si hay una denuncia de violencia en su contra.

“En el delito de violencia de género, que está como violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, incluimos también el abordaje a las víctimas indirectas que serían los hijos o familiares, donde, dentro de la narración de los hechos, muchas de estas víctimas indirectas forman parte en sí del hecho primario”, explica a Efeminista la fiscal Yoli Pinillo.

“Nosotros tenemos pericias de entorno social y familiar y eso permite determinar cómo el entorno se ve afectado por este tipo de violencia. La policía especializada en violencia de género también hace diligencias con el entorno”, destaca.

En los casos de violencia psicológica, incluso, entrevistan a vecinos para tener testigos que permitan probar la violencia sistemática que sufre la mujer y los miembros de esa familia.

“Hay que comprender que esto es un problema estructural. Que la persona no llega y mata a sus hijos y a su pareja de un día para el otro. No. La violencia fue en escalada. Y por eso es importante también la pericia de trabajo social y de contexto, pues nos ayudan a entender cuáles son esos patrones socioculturales que influyen en el imaginario del que ejerce esa violencia”, enfatiza Juana Fernández, experta del equipo de Género del Ministerio Público.

Entre las medidas de protección que la Fiscalía solicita cuando descubre que los miembros de una familia están en peligro en un contexto de violencia machista están la privación de la custodia, la extensión de una boleta de auxilio o el ingreso al sistema de protección de víctimas y testigos. Sin embargo, como ha dicho antes la abogada de Cepam, el otorgamiento de estas medidas recae sobre la interpretación de los jueces y juezas.

“La lucha de derechos nunca termina. Y en ese contexto creo que la legislación, si bien es cierto ha tenido grandes avances con la Ley de violencia, definitivamente debe entrar a debate. No solo la inclusión de nuevos tipos penales, como serían estas modalidades o circunstancias como la violencia vicaria, sino también la violencia económica o la política. Es el desafío que tenemos como país, promover estas miradas para la comprensión de la violencia y sobre todo, para la respuesta en cuanto prevención, atención, sanción y reparación”, subraya Fernández.

“Hay que empezar a nombrarla”

Geraldina Guerra lleva varios años mapeando, junto a otras organizaciones de la sociedad civil, los femicidios en Ecuador. Y ese trabajo le ha permitido identificar que los casos no son aislados.

“Cada vez se están viendo más. Yo creo que la violencia vicaria es un componente más de los niveles de riesgo en el femicidio, un elemento más que se expresa de distinta manera. Esa violencia femicida lo que produce es que (el hombre) mate a las hijas e hijos”, explica la presidenta de la fundación ALDEA.

“La violencia vicaria es parte de esta expresión misógina por la que se produce una muerte violenta de una mujer por parte de la pareja o expareja en una sociedad donde el mensaje es el de impunidad hacia esta violencia. Hay un mensaje permanente de la desvalorización y de despojo de la autonomía de los cuerpos femeninos o feminizados”, agrega.

Bajo ese contexto, asegura Guerra, “los cuerpos feminizados pueden ultrajarse, violarse y matarse”. “Puedes matar a todo lo que está cerca, a todo lo que compone ese cuerpo femenino. Que en este caso si es madre entonces los hijos son una extensión”.

Es por esto que ella cree que más allá de tipificar en el Código Penal, lo que hay que empezar a hacer es visibilizar, llamar a este tipo de violencia por su nombre y que las personas entiendan su dinámica. “Para eso estamos como sociedad civil, para nombrar lo que está pasando y para que el Estado tome cartas en el asunto”. 

Desde este año ALDEA empezará a nombrar en sus mapas a estos asesinatos como femicidio con violencia vicaria. “Porque eso es lo que está pasando. Es un femicidio por la saña y la expresión del odio contra las mujeres”. 

“Creo que lo urgente es que se ponga en marcha lo que ya está y que los operadores de justicia conozcan sobre perspectiva de género y apliquen lo que ya dice la norma. La policía comunitaria, los tenientes políticos, ellos son los que hacen los primeros reportes, la unidad de muertes violentas… Qué interesante sería que ellos digan: esto parece violencia vicaria. Pero no lo hacen. La norma está escrita. Lo que no hemos podido hacer, y este es el problema, es aplicarla”, concluye Guerra.