
Mujeres protestan este 3 de febrero en favor del aborto en Bogotá (Colombia). EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda
La discusión sobre aborto se dilata en Ecuador y Colombia
Aunque estaba previsto que en Ecuador el Parlamento apruebe este 3 de febrero una ley que regule el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación y que en Colombia la Corte Constitucional decida sobre la eliminación del delito de aborto del Código Penal, ambas discusiones se han dilatado y las decisiones quedaron aplazadas.
En el caso de Ecuador, la presidenta del Legislativo, Guadalupe Llori, acogió la solicitud de la asambleísta ponente del proyecto de ley de mayoría, Johanna Moreira, que pidió ocho días de prórroga para la votación y suspendió la sesión después de casi 9 horas de debate. El texto regresará a la comisión parlamentaria que lo elaboró para incluir algunas de las observaciones realizadas por varios compañeros durante la jornada.
En cambio, en Colombia, la Sala Plena de la Corte decidió tomarse más tiempo para estudiar una serie de recusaciones que se presentaron en contra del conjuez Juan Carlos Henao, elegido el pasado 20 de enero para una de las dos demandas de despenalización que se analizan, después de que la votación entre los magistrados quedara empatada.
El rechazo del movimiento de mujeres de Ecuador
Un día antes del inicio del debate, el movimiento de mujeres de Ecuador rechazó el proyecto de ley de minoría que también se ha presentado para su análisis en el Parlamento.
“Estamos aquí para alertar sobre una amenaza que tienen las niñas, adolescentes, mujeres y personas con posibilidad de gestar y que podría darse por el informe de minoría que contiene una ley grosera, que se construyó bajo un sentimiento de desprecio a las mujeres”, dijo Virginia Gómez de la Torre, presidenta de la Fundación Desafío.
Las organizaciones feministas detectaron 17 inconstitucionalidades en ese informe y aseguran que el mismo atenta “contra el ejercicio del derecho a que las mujeres decidan” sobre sus embarazos.
Soledad Angus, abogada constitucionalista y quien realizó el análisis legal, aseguró que este proyecto de ley representa “un retroceso en materia de derechos sexuales y reproductivos que ya están previstos en otras normativas vigentes”.
Según la experta, estos errores están presentes desde el artículo uno, en el cual se revierte el criterio de proporcionalidad que hizo la Corte Constitucional el pasado 28 de abril, cuando, por medio de un fallo, despenalizó el aborto por violación en el país. “Desplaza a las sobrevivientes de violencia sexual, declarando como enfoque de la norma la protección de la vida desde la concepción”, se lee en el documento presentado por Angus.
Las niñas y mujeres en Ecuador solo pueden acceder a un aborto cuando el embarazo representa un peligro para su vida o salud y cuando es producto de una violación. Sin embargo, la Corte Constitucional ordenó a la Asamblea que apruebe una ley que regule el acceso de las víctimas de violencia sexual a una interrupción legal.
En la Comisión de Justicia, donde se ha analizado el proyecto de ley, se aprobaron dos informes. Uno denominado “de mayoría”, pues contó con el apoyo de 7 de 10 asambleístas, en el que se propone que las niñas y adolescentes puedan acceder a un aborto hasta las 22 semanas de gestación, mientras que las mujeres solo hasta la semana 20. Para las víctimas con discapacidad no se establecen plazos.
En cambio, en el informe denominado “de minoría”, apoyado por los otros tres legisladores, se propone un límite gestacional de hasta las 6 semanas para mujeres mayores a 18 años y hasta 12 semanas de gestación para niñas, adolescentes menores a 18 años, mujeres de la ruralidad y con discapacidad.
Una espera de más de 500 días en Colombia
En Colombia, en cambio, el aplazamiento de la decisión sobre el fondo de las dos demandas que solicitan que se elimine el delito de aborto de Código Penal provocó el rechazo de las organizaciones de derechos humanos que se reunieron en los exteriores de la Corte, en Bogotá.
“Han pasado más de 500 días desde que el movimiento Causa Justa presentó la demanda y aún no hay una decisión de fondo. Hacemos un llamado urgente al alto tribunal para que se emita pronto un fallo que proteja la vida y las salud de las niñas y mujeres“, ha dicho el movimiento que concentra a más de 90 organizaciones a favor de la despenalización del aborto.
Causa Justa asegura que las recusaciones en contra del conjuez Juan Carlos Henao “no tienen fundamentos jurídicos” y “no argumentan de manera sólida y coherente” las razones por las que el conjuez estaba impedido para tomar una decisión. “Algunas de ellas ni siquiera identifican la causal por la cual debía ser apartado”, precisan.
Según algunas de las organizaciones que están en contra del aborto, el conjuez se habría manifestado en el pasado a favor de la interrupción del embarazo. Sin embargo, Causa Justa afirma que la Corte ya ha rechazado recusaciones presentadas en contra de conjueces que han mostrado afinidad con otras causas sobre las que han discutido.
El aborto en Colombia solo está permitido en tres causales: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre; cuando es fruto de violación o incesto, o si hay malformación del feto, mientras que en el resto de casos está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.